
El pasado 13 de julio se publicó la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación que concreta el derecho antidiscriminatorio español.
Amplia la cobertura a las discriminaciones no contempladas de manera explícita hasta ahora, así como los tipos de discriminación incorporando a las ya conocidas discriminaciones directas e indirectas, otras vulneraciones mas ajustadas a la realidad que vivimos
Como ya recogí en el artículo publicado en la newsletter de julio de la Fundación Woman Forward, la norma es un buen inicio para el desarrollo normativo, pero se ha perdido una gran oportunidad para evidenciar el valor del contenido de los planes de igualdad, que ya recogen mucha de la información que refiere la norma.
Por ello, es importante actuar de manera coordinada, concreta y práctica, o se perderá el propósito de la igualdad de trato y oportunidades para todas las personas.
Acaba de conocerse la primera demanda por vulneración de esta norma, ante una posible discriminación por enfermedad o estar en situación de discapacidad, y aun quedan muchos aspectos que definir en la norma, empezando por el inicio de las actuaciones de la autoridad independiente para la igualdad de trato y la no discriminación -AIIT-ND-
Desde luego, es muy necesario el avance en materia social, pero mucho mas efectivo y rentable en todos los sentidos y para toda la sociedad, que cuente ya con todas las herramientas y dispositivos necesarios para llevarla a cabo. En otro caso, se corre el riesgo o de ser ignorado, o de completarse sin ningún impacto en la estrategia de la organizacion. En ambos casos un error evitable, con consecuencias económicas inasumibles en estos momentos.